PRONUNCIAMIENTO
Como Senador integrante de la Comisión Segunda Constitucional del Senado de la República, pero ante todo como miembro en reserva activa de nuestras Fuerzas Militares, y entendiendo la importancia que representa para el Estado Colombiano la Fuerza Pública y para la sociedad en general, contar con una Ley que regule las actividades de inteligencia y Contrainteligencia en los diferentes organismos de seguridad del Estado Colombiano, como lo preceptuaba la Ley 1288 de 2009 que fue declarada inexequible por la Corte Constitucional el día de ayer 16 de noviembre de 2010 y cuyo objeto legislativo era:

